Vías y Medios de Pago

  1. Pago en entidades colaboradoras en la recaudación.

Con carácter general, el pago de las deudas en favor de esta Administración se realizará en efectivo en las entidades colaboradoras en la recaudación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y sin que sea necesario tener cuenta abierta en las mismas.

Puede consultar los requisitos y condiciones en el siguiente apartado de este portal:

Entidades financieras colaboradoras en la recaudación | Portal Tributario de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de CLM (jccm.es)

Dentro de éste, es posible efectuar el pago electrónico a través del portal tributario de esta Administración, si se dispone de certificado digital de persona autorizada y cuenta abierta en alguna de las entidades colaboradoras adheridas a esta vía de pago. Puede consultarlo en el enlace señalado anteriormente.

Del mismo modo, en el caso de que la cumplimentación la realice de forma presencial en alguna oficina de la Administración regional que disponga de servicio de pago a través de funcionario habilitado, podrá efectuar el pago allí mismo mediante este medio. Del mismo modo, podrá efectuar el pago presencial de liquidaciones a través de personal funcionario habilitado.

La relación de centros en la que se presta este servicio puede consultarla en el siguiente enlace:

https://portaltributario.jccm.es/informacion-general/centros-pago-electronico

 

  1. Pago mediante tarjeta de crédito o débito a través de TPV virtual o TPV conectado a ordenador.

El pago con tarjeta de crédito o débito está autorizado para determinados modelos de documentos de pago (en concreto, para modelos 046, 050, 051, 801, 017 y 620), con un límite de 3.000 euros por operación. En el caso de los modelos 801, 017 y 620 esta vía se limita al pago realizado por personas físicas que no actúen como colaboradores sociales en la aplicación de los tributos.

Una vez cumplimentado el documento en los programas de ayuda (modelos 046, 620 y 801) la aplicación les ofrecerá la posibilidad de efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito a través del TPV virtual de esta Administración. Del mismo modo, en el caso de que la cumplimentación la realice de forma presencial en alguna oficina de la Administración regional que disponga de servicio de pago a través de TPV conectado, podrá efectuar el pago allí mismo mediante este medio.

La relación de centros en la que se presta este servicio puede consultarla en el siguiente enlace:

https://portaltributario.jccm.es/informacion-general/centros-pago-electronico

 

  1. Pago mediante transferencia bancaria.

Para realizar el pago de las deudas contraídas con esta Administración mediante transferencia bancaria, se debe disponer de un documento de pago de esta Administración autorizado para el pago en entidad colaboradora en la recaudación, y además es preciso que la transferencia se realice desde una cuenta abierta en una entidad de crédito que no sea colaboradora en la recaudación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Para poder efectuar esta transferencia, deberá obtener con carácter previo a través de este portal tributario un “Código de Pago por Transferencia”, el cual deberá incluir en la información de la transferencia realizada.

Pago mediante transferencia bancaria

 

  1. Pago mediante giro postal

Para realizar el pago de las deudas contraídas con esta Administración mediante giro postal, se debe disponer de un documento de pago de esta Administración autorizado para el pago en entidad colaboradora en la recaudación, y realizar el pago por esta vía a través de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. (Correos).

Acceda a esta opción para verificar las condiciones y requisitos precisos para utilizar esta vía de pago.

Pago mediante giro postal