En los pagos realizados a través de las entidades colaboradoras en la recaudación, la entidad de crédito en la que se haya efectuado el pago por cualquier vía o medio debe facilitar un justificante del pago realizado en favor de esta Administración.
Conforme a la normativa aplicable, tienen la consideración de justificantes de pago los siguientes documentos entregados o proporcionados por las entidades colaboradoras:
- Los documentos de pago de autoliquidaciones y las cartas de pago correspondientes a liquidaciones validadas, mecánica o manualmente, por las entidades colaboradoras que contengan, como mínimo los siguientes datos:
- En el caso de validación mecánica: Número del justificante, Fecha del ingreso, Importe de la operación, Clave de la entidad y oficina receptora, literal «Ingreso».
- En el caso de validación manual: Fecha del ingreso, Clave de la entidad y oficina receptora, Sello de la entidad.
Las entidades colaboradoras pueden sustituir la validación mecánica o manual en los documentos de pago por la emisión de documentos independientes en los que figuren, como mínimo, los siguientes datos: Número del justificante, Fecha del ingreso, Importe de la operación, Clave de la entidad y oficina receptora, Indicación de que se trata de un ingreso para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Medio de pago utilizado: metálico o cargo en cuenta (en este caso, deberá indicarse el IBAN de la cuenta, Hora en que se ha producido el ingreso, Sello de la entidad colaboradora.
- Los recibos expedidos directamente por las entidades colaboradoras como consecuencia de cargos en cuenta a través de canales de pago autorizados por esta Administración en los que no sea posible la validación del documento de pago, por no encontrarse presente en la entidad el obligado u obligada al pago que hubiera optado por alguna forma de pago a distancia, habiendo sido presentado el documento en soporte distinto al papel. Estos recibos deberán ser proporcionados al obligado u obligada por la entidad colaboradora una vez realizado el ingreso o el cargo en cuenta y deberán contener, como mínimo, los siguientes datos:
Indicación de que se trata de un ingreso para Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Número de justificante, Concepto y código territorial, N.I.F. del obligado u obligada al pago, Apellidos y nombre o razón social, Fecha y hora de la operación, Importe, Códigos de la entidad y sucursal, Denominación social de la entidad colaboradora, Código IBAN de la cuenta en la que ha producido el cargo, Número de Referencia Completo (NRC) asignado al ingreso, y la leyenda: “Este recibo surte los efectos liberatorios para con la Tesorería General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha previstos en el Reglamento General de Recaudación y demás normativa aplicable. El ingreso de la deuda no exime de la obligación de presentar la documentación en el registro administrativo correspondiente cuando así lo establezcan sus normas reguladoras.”
Aviso importante: Debido a los plazos establecidos para el procedimiento de intercambio de información recaudatoria entre las entidades colaboradoras y esta Administración, la información de los pagos por esta vía no está disponible en la Administración hasta pasadas unas semanas desde la fecha de pago. No obstante, si dispone de un NRC emitido por la entidad colaboradora en la que realizó el pago, la validación y corrección del mismo puede efectuarse de forma instantánea ante las oficinas administrativas correspondientes o en el momento de la presentación electrónica de la autoliquidación.