Formularios de solicitud de Valor Previa de Bienes Inmuebles

En el caso de bienes inmuebles cuyo valor no se pueda obtener a través de los servicios ofrecidos en esta Web o sean afectados por alguna de las excepciones de aplicación mencionadas en la misma, el interesado podrá solicitar un informe de valor a esta Administración tributaria acogiéndose al artículo 90 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Dicho informe se dará sólo a efectos de la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobres Sucesiones y Donaciones y tendrá efectos vinculantes durante un plazo de tres meses, contados desde la notificación al interesado, siempre que la solicitud se haya formulado con carácter previo a la finalización del plazo para presentar la correspondiente autoliquidación o declaración y se hayan proporcionado datos verdaderos y suficientes a la Administración. Ello, no impide la posterior comprobación administrativa de los elementos de hecho y circunstancias manifestadas por el obligado tributario

La solicitud se dirigirá a la Delegación Provincial de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital correspondiente a la provincia donde se ubica el bien, accediendo a los enlaces que se muestran a continuación en función del tipo de bien, donde se puede consultar, además, las instrucciones para su correcta cumplimentación:

 

Formulario 401. Solicitud de Información Sobre el Valor a Efectos Fiscales de Bienes Urbanos

Formulario 403. Solicitud de Información Sobre el Valor a Efectos Fiscales de Bienes Rústicos