Recuperación de documentos para realizar el pago

  1. Pago electrónico de liquidaciones emitidas por la Administración

Desde esta opción podrá efectuar el pago electrónico de liquidaciones practicadas por la Administración y que le hubieran sido notificadas o entregadas. Para ello, debe disponer de la carta de pago o de la información relativa a la misma que se solicita en la pantalla siguiente.

Si tiene la información que se solicita en pantalla, también podrá optar por imprimir la carta de pago y efectuar éste por alguna de las otras vías disponibles para ello.

Pago electrónico de liquidaciones emitidas por la Administración.

 

  1. Recuperación y Pago electrónico de autoliquidaciones generadas previamente en los programas de ayuda puestos a disposición por la Administración

Si dispone de un impreso de autoliquidación cumplimentado previamente, tiene la posibilidad de recuperarlo a través de este portal. Con esta opción puede llevar a cabo el pago electrónico del mismo (y en el caso de modelos en los que así se prevea, también la presentación electrónica en el Registro Electrónico Tributario).

Importante: La opción de recuperar autoliquidaciones solo está disponible para documentos que no hayan sido pagados y/o presentados con anterioridad.

Para recuperar el impreso debe acceder al siguiente enlace, pantalla en la que deberá introducir los datos del documento a recuperar que se requieren:

Recuperar Autoliquidaciones

Si no dispusiera de un documento de autoliquidación ya cumplimentado, puede acceder a los programas de ayuda de este portal con ese fin