045. Tasa fiscal sobre máquinas o aparatos automáticos (devengos a partir del 01-07-2022).
TRIBUTOS SOBRE EL JUEGOTASA FISCAL SOBRE MÁQUINAS O APARATOS AUTOMÁTICOS
Del 01/07/2022 al 31/12/2024Versión Actual
Modelo 045
IMPORTANTE: Se recuerda que, para devengos a partir del 1 de julio de 2022 de la tasa fiscal sobre el juego de máquinas ya autorizadas, la gestión se realiza mediante Censo Fiscal aprobado por la Administración, no siendo posible la presentación de autoliquidaciones 045.
Estas autoliquidaciones sólo son necesarias en el caso de solicitudes de autorización de nuevas máquinas sin sustitución y para tributación proporcional.
Pinche aquí para obtener información de este tributo: Lugar donde se efectuan los ingresos; lugar, plazo y modo de presentación; documentos a presentar etc.
Los datos de carácter personal que se facilitan mediante este documento forman parte de un tratamiento, cuyo responsable es la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, siendo la finalidad del mismo, la gestión de los tributos propios y cedidos por el Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. La legitimación del tratamiento se encuentra en el cumplimiento de una obligación legal (Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria) de acuerdo con el artículo 6.1.c del Reglamento General de Protección de datos. Existe cesión de datos. Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación o supresión de sus datos, así como otros derechos, tal como se explica en la información adicional, disponible en la dirección electrónica: https://rat.castillalamancha.es/info/0218 |
Pago y Presentación:
Instrucciones para su cumplimentación: