Avisos
- Fecha de Caducidad:Martes, 31 Diciembre, 2024
NUEVA UTILIDAD Programas de Ayuda Modelos 651 y 655: Cómo anexar diferentes tipos de documentos.
Con objeto de facilitar la presentación telemática en el Registro electrónico tributario de los modelos 651 y 655, junto con los documentos comprensivos de los hechos imponibles autoliquidados, y con el fin de evitar a los ciudadanos y ciudadanas desplazamientos a las dependencias de la Administración Tributaria para el sellado de los documentos, se ha incorporado una nueva utilidad, que permitirá a los obligados tributarios y sus representantes, anexar con el programa de ayuda, tanto del modelo 651 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones , Adquisiciones 'inter vivos', como del modelo 655 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, “Consolidación de dominio”, los documentos comprensivos de los hechos imponibles autoliquidados.
Para conocer el funcionamiento de la nueva utilidad, pueden consultar en los siguientes enlaces que se encuentran disponibles en el Portal Tributario:
- Fecha de Caducidad:Jueves, 12 Octubre, 2023
AVISO IMPORTANTE
A partir del día 4 de octubre los Servicios Tributarios de la Delegación Provincial de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de TOLEDO, han trasladado sus dependencias a Bajada de Castilla-La Mancha s/n, donde les seguirán atendiendo.
- Fecha de Caducidad:Domingo, 31 Diciembre, 2023
NUEVA UTILIDAD programa de ayuda modelo 620: Cómo anexar documentos.
Se ha puesto en funcionamiento un nuevo asistente en el programa de ayuda del modelo 620 de Transmisión de determinados medios de trasporte usados (Vehículos de turismo, todoterrenos, motos, motocicletas, ciclomotores, tractores, remolques, quads, autocaravanas, embarcaciones, aeronaves etc.), que permite adjuntar los documentos comprensivos del hecho imponible con el programa de ayuda, y evitar desplazamientos a las dependencias de la Administración Tributaria para el sellado de los documentos.
Una vez cumplimentado el modelo, si al pulsar el botón "validar" el documento es correcto, pero es uno de los casos en los que no se le va a dar CET (código electrónico de transmisión), se activará un botón “Adjuntar documentación”, por el que podrá acceder al asistente que le permite la presentación telemática de dichos documentos junto con la autoliquidación.
Para conocer el funcionamiento del nuevo asistente puede consultar en la ayuda en línea, disponible en el programa de ayuda del modelo 620.
- Fecha de Caducidad:Domingo, 31 Diciembre, 2023
NUEVA UTILIDAD Programa de Ayuda Modelo 600: Cómo anexar diferentes tipos de documentos.
Con objeto de facilitar la presentación telemática en el Registro electrónico tributario del modelo 600, junto con los documentos comprensivos de los hechos imponibles autoliquidados, y con el fin de evitar a los ciudadanos y ciudadanas desplazamientos a las dependencias de la Administración Tributaria para el sellado de los documentos, se ha incorporado una nueva utilidad, que permitirá a los obligados tributarios y sus representantes, anexar con el programa de ayuda del modelo 600 del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, además de los documentos notariales y judiciales, como son los documentos privados y administrativos, comprensivos de los hechos imponibles autoliquidados.
Para conocer el funcionamiento de la nueva utilidad, pueden consultar en los siguientes enlaces que se encuentran disponibles en el Portal Tributario:
- Fecha de Caducidad:Sábado, 31 Diciembre, 2022
Posibilidad de pago mediante transferencia bancaria
A partir del día 18 de febrero de 2022, es posible el pago de las deudas contraídas con esta Administración mediante transferencia bancaria. Para ello, se debe disponer de un documento de pago de esta Administración autorizado para el pago en entidad colaboradora en la recaudación, y además es preciso que la transferencia se realice desde una cuenta abierta en una entidad de crédito que no sea colaboradora en la recaudación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Para poder efectuar esta transferencia, deberá obtener con carácter previo a través de este portal tributario un “Código de Pago por Transferencia”, el cual deberá incluir en la información de la transferencia realizada.
Para mayor información, puede acceder al apartado de Pago mediante transferencia bancaria
- Fecha de Caducidad:Viernes, 31 Diciembre, 2021
Posibilidad de pago mediante giro postal
A partir del día 15 de noviembre de 2021, es posible el pago de las deudas contraídas con esta Administración mediante giro postal a través de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., S.M.E. (Correos). Para ello, la persona interesada debe disponer de un documento de pago de esta Administración autorizado para el pago en entidad colaboradora en la recaudación que incluya un código de barras 90546 o 90547.
Con ese documento las personas interesadas deberán acudir a las oficinas de Correos o acceder a los servicios que esta entidad presente electrónicamente en la forma y condiciones que establezca, y llevar a cabo la imposición del giro postal en favor de esta Administración.
Para mayor información, puede acceder al apartado de “Pago mediante giro postal”