Acceso al Registro Electrónico Tributario
- Si desea consultar los documentos ya presentados en el Registro Electrónico Tributario pulse en este enlace: Acceso al Registro Electrónico Tributario.
- Para presentar telemáticamente un nuevo documento en el Registro Electrónico Tributario:
2.1. Puede confeccionar un modelo de autoliquidación o formulario, a través de la opción de menú Presentación Telemática de Modelos que encontrará en la Oficina Electrónica de este Portal Tributario.
2.2. O bien, si usted ha confeccionado e impreso una autoliquidación con carácter previo, tiene la posibilidad de recuperarla y presentarla en el Registro Electrónico Tributario pulsando en el siguiente enlace: Recuperar Autoliquidaciones, donde deberá cumplimentar los siguientes datos:
- Número de Justificante (visible en la parte superior derecha de la autoliquidación confeccionada)
- NIF del primer sujeto pasivo
- Código de grabación (visible en el encabezado de la autoliquidación). Si por cualquier circunstancia, no dispone de este código, no es necesario que lo cumplimente, siempre y cuando se identifique previamente de forma electrónica al acceder a la página de Recuperar Autoliquidaciones.
Importante: La opción de recuperar autoliquidaciones solo está disponible para documentos confeccionados con programas de ayuda, que no hayan sido presentados con anterioridad y que no se encuentren ya en la plataforma de pago y presentación telemática.
Sistema de avisos de cortesía: El citado Registro Electrónico dispone de un Sistema de avisos de cortesía, mediante el cual, las personas que así lo deseen, pueden ser informadas de la inscripción de un apunte en el referido registro. El alta en el sistema de avisos no implica el alta en el sistema de notificación electrónica, siendo independiente de este último. Puede obtener más información de este servicio pinchando AQUÍ
