Modelo 414 - Instrucciones para su cumplimentación

Modelo 414:  es el formulario que permite la presentación de tasaciones periciales respecto a valoraciones efectuadas por la Administración Tributaria Regional

Descripción y uso del programa

Cumplimentación 

 

Descripción del Programa

Este programa necesita que el equipo cumpla las condiciones que se detallan en el siguiente apartado: requisitos mínimos de funcionamiento (Hardware y Software)

Este programa permite la presentación del formulario de solicitud de tasación pericial contradictoria de la Administración Tributaria Regional, junto con su documentación anexa, en las modalidades telemática y presencial.

 

Normas de Procedimiento

El procedimiento a que da lugar la presente solicitud se encuentra regulado en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (artículo 135) y en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007 de 27 de julio (artículo 161 y siguientes).

En este procedimiento, al ser un procedimiento impugnatorio de valores, el interesado podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo transcurrido el plazo de seis meses sin haberse notificado la resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el artículo 104.3 de la Ley General Tributaria.

No obstante, cuando se produzca la paralización del procedimiento por causa imputable al obligado tributario, y una vez transcurridos tres meses, la Administración podrá declarar la caducidad del procedimiento.

 

Uso de la aplicación

El funcionamiento del programa se puede dividir en dos fases:

Fase 1 Cumplimentación: 

Se presenta la página del modelo para rellenar las distintas casillas con los datos correspondientes. En esta fase están activos los botones asociados a las acciones de Validar, Limpiar y Salir,

Botones activos en esta fase:

Ayuda

El icono de la ayuda se muestra en la cabecera del documento y en cada uno de sus apartados, si se pulsa el de la cabecera, se accede a la ayuda completa, que se compone de la descripción y uso del programa, guía del formulario, instrucciones de cumplimentación y descripción de los asistentes. Si se pulsa el icono que se muestra en cada uno de los apartados, el programa abre la ayuda específica de ese apartado.

Validar

Una vez rellenos los datos del documento se pulsará este botón para que el programa los valide. En caso de que haya algún error se mostrarán los mensajes correspondientes. Al pulsar sobre un mensaje de error el programa sitúa el cursor en la casilla que lo contiene. Además el programa indica las casillas con error poniendo un asterisco rojo delante de la misma.

Si no hay ningún error el programa protege la página y pasa a la fase 2.

Limpiar

Este botón permite inicializar el formulario, si se pulsa, se borrarán todos los datos que se hubieran cumplimentado.

Salir

Pulsando este botón se sale del programa.

Fase 2 Modificación, impresión o presentación: 

Al realizar la validación de los datos cumplimentados, si estos son correctos el programa protege la página completa, desactiva los botones anteriores y activa los siguientes en función del tipo de presentación:

Si la presentación del formulario es presencial, se activan los botones:

Imprimir

Pulsando este botón se genera el formulario en formato PDF. Una vez generado el formulario, se presenta en la pantalla y el usuario puede elegir entre imprimirlo en ese momento o guardarlo en su ordenador para su impresión posterior.

Modificar

Pulsando este botón se regresa a la fase 1, es decir se desprotege la página para poder modificar los datos y se activan los botones correspondientes a esa fase: Validar, Limpiar y Salir.

Si el tipo de presentación elegido es el telemático, se activan los botones:

Presentar

Este botón permite realizar la presentación telemática del formulario. Para ello se le solicitará un certificado digital.

Los tipos de identificación habilitados actualmente son: Cl@ve Móvil, DNIe/Certificado electrónico y cl@ve permanente.

Las entidades de certificación admitidas se especifican en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, entrando en el siguiente enlace Certificados Admitidos | Sede Electrónica (jccm.es)

Modificar

Pulsando este botón se regresa a la fase 1, es decir se desprotege la página para poder modificar los datos y se activan los botones correspondientes a esa fase: Validar, Limpiar y Salir.

 

Normas de Procedimiento

El procedimiento a que da lugar la presente solicitud se encuentra regulado en el Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005. Del mismo modo son aplicables las disposiciones relacionadas con esta materia contenidas en la Ley General Tributaria, en el Decreto 182/2010 de 6 de julio, por el que se regula la gestión recaudatoria de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y demás normativa aplicable al recurso económico de que se trate.

En este procedimiento, el interesado podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo transcurrido el plazo de seis meses sin haberse notificado la resolución expresa.

 

Tipo de presentación

Se debe determinar cuál va a ser el canal de presentación de la solicitud. Se muestran dos opciones:

  • Telemática con certificado digital. Esta presentación se realizará, una vez completado el documento, en el Registro Electrónico Tributario previsto en la Orden de 17/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Registro Electrónico Tributario.
  • Presencial con impresión del documento. En el caso de que no quiera hacer la presentación electrónica indicada en el punto anterior, se deberá generar e imprimir el documento para su presentación por cualquier otra vía ante el órgano competente para tramitar la solicitud. Aviso: En este supuesto la generación del documento no efectúa la presentación del mismo.

Tenga en cuenta que para efectuar la presentación telemática, el interesado o su representante deberán firmar electrónicamente el formulario. Si no dispone de certificado digital deberá elegir como tipo de presentación: Presencial. Si elige como tipo de presentación: presencial, no olvide firmar en todos los ejemplares del formulario.

Importante: una vez que ha elegido un tipo de presentación y ha adjuntado algún documento en el apartado documentación anexa, para cambiar el tipo de presentación deberá con carácter previo borrar los documentos anexados.

 

Impresión del Formulario

Para imprimir correctamente el código de puntos con objeto de agilizar el trámite de la solicitud, la impresora seleccionada debe tener una resolución mínima de 300 puntos por pulgada.

Para realizar la impresión, una vez seleccionada la impresora de salida, se procederá a la impresión de todas las páginas del formulario.

No olvide firmar en todos los ejemplares del formulario.

Si necesita corregir datos una vez impreso el formulario, no lo haga directamente sobre el papel. Haga las correcciones en el programa y vuelva a solicitar una impresión oficial.

 

Requisitos mínimos de funcionamiento (Hardware y Software)

Este programa de ayuda funciona en cualquier sistema operativo (Mac, Windows, Linux, etc.) y es compatible con diferentes tipos de dispositivos: PC, tablets, teléfonos móviles, etc.

Los requisitos mínimos de funcionamiento son:

a) Conexión a internet.

b) Un navegador de internet. Este programa de ayuda puede ser utilizado prácticamente con cualquier navegador y, en todo caso, con todos aquellos navegadores cuyo uso por la comunidad tenga una cuota de más del 0,5% de usuarios en sus dos últimas versiones.

Se ha constatado satisfactoriamente su funcionamiento con los siguientes navegadores:

Google Chrome a partir de la versión 88, Chrome for Android a partir de la versión 90, Firefox Browser a partir de la versión 86, Firefox for Android a partir de la versión 87, Edge Browser a partir de la versión 89, Internet Explorer a partir de la versión 11, QQ Browser for Android a partir de la version 10.4, UC Browser for Android a partir de la version 12.12, Baidu Browser a partir de la versión 7.12, iOS Safari versiones 14.5, 14.0-14.4, 13.4-13.7, KaiOS Browser versión 2.5, Opera versiones a partir de la versión 74, Opera Mini, Opera Mobile a partir de la versión 62, Safari a partir de la versión 14, y Samsung Internet a partir de la versión 13.0.

 

(A) Datos identificativos del Interesado

Datos para la identificación de la persona física o jurídica que realiza la solicitud. Si actúa personalmente, el domicilio consignado (tipo de vía, nombre de la vía, número, provincia, municipio, código postal) en el espacio reservado al efecto en este apartado, será el tenido en cuenta para efectuar en él cuantas notificaciones se produzcan en relación con la solicitud.

 

(B) Datos identificativos de Representante

Si se actúa mediante representante se deben consignar los datos identificativos de la persona que ejerce la representación. En este caso, el domicilio consignado (tipo de vía, nombre de la vía, número, provincia, municipio, código postal) en el espacio reservado al efecto en este apartado, será el tenido en cuenta para efectuar en él cuantas notificaciones se produzcan en relación con la solicitud".

A este escrito se debe adjuntar el documento por el que se confiere la representación.

 

(C) Identificación de la valoración

Se debe consignar el número de expediente o número de documento o acto respecto de los que solicita la iniciación del procedimiento de tasación. Estos datos se proporcionan en la liquidación provisional notificada al interesado.

  • Identificación del expediente o acto relacionado: número de expediente que figura en el acto que se recurre.
  • Fecha de resolución: fecha en que se dictó el acto que va ser objeto del procedimiento de tasación pericial contradictoria.
  • Órgano que dictó el acto: debe seleccionar el órgano de entre los que se incluyen en la lista desplegable que muestra el programa de ayuda. En el caso de que el órgano que dictó el acto a recurrir no figure en la relación anterior, deberá contactar con el citado órgano para confirmar si es posible la interposición del recurso a través de este modelo. Los órganos incluidos en la lista son los siguientes:
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Y O.J.
DELEGACIÓN PROVINCIAL HACIENDA, AA.PP. Y TRANSFORMACION DIGITAL. TRIBUTOS ALBACETE
OFICINA LIQUIDADORA DE ALCARAZ
OFICINA LIQUIDADORA DE ALMANSA
OFICINA LIQUIDADORA DE CASAS IBAÑEZ
OFICINA LIQUIDADORA DE CHINCHILLA
OFICINA LIQUIDADORA DE HELLIN
OFICINA LIQUIDADORA DE LA RODA
OFICINA LIQUIDADORA DE YESTE
DELEGACIÓN PROVINCIAL HACIENDA, AA.PP. Y TRANSFORMACION DIGITAL. TRIBUTOS CIUDAD REAL
OFICINA LIQUIDADORA DE ALCÁZAR DE SAN JUAN
OFICINA LIQUIDADORA DE ALMADÉN
OFICINA LIQUIDADORA DE ALMAGRO
OFICINA LIQUIDADORA DE ALMODOVAR DEL CAMPO
OFICINA LIQUIDADORA DE DAIMIEL
OFICINA LIQUIDADORA DE MANZANARES
OFICINA LIQUIDADORA DE PIEDRABUENA
OFICINA LIQUIDADORA DE TOMELLOSO
OFICINA LIQUIDADORA DE VALDEPEÑAS
OFICINA LIQUIDADORA DE VILLANUEVA DE LOS INFANTES
DELEGACIÓN PROVINCIAL HACIENDA, AA.PP. Y TRANSFORMACION DIGITAL. TRIBUTOS CUENCA
OFICINA LIQUIDADORA DE BELMONTE
OFICINA LIQUIDADORA DE HUETE
OFICINA LIQUIDADORA DE MOTILLA DEL PALANCAR
OFICINA LIQUIDADORA DE SAN CLEMENTE
OFICINA LIQUIDADORA DE TARANCÓN
DELEGACIÓN PROVINCIAL HACIENDA, AA.PP. Y TRANSFORMACION DIGITAL. TRIBUTOS GUADALAJARA
OFICINA LIQUIDADORA DE BRIHUEGA
OFICINA LIQUIDADORA DE CIFUENTES
OFICINA LIQUIDADORA DE COGOLLUDO
OFICINA LIQUIDADORA DE MOLINA DE ARAGÓN
OFICINA LIQUIDADORA DE PASTRANA
OFICINA LIQUIDADORA DE SACEDÓN
OFICINA LIQUIDADORA DE SIGÜENZA
DELEGACIÓN PROVINCIAL HACIENDA, Y AA.PP. Y TRANSFORMACION DIGITAL. TRIBUTOS TOLEDO
OFICINA LIQUIDADORA DE ESCALONA
OFICINA LIQUIDADORA DE ILLESCAS
OFICINA LIQUIDADORA DE LILLO
OFICINA LIQUIDADORA DE MADRIDEJOS
OFICINA LIQUIDADORA DE NAVAHERMOSA
OFICINA LIQUIDADORA DE OCAÑA
OFICINA LIQUIDADORA DE ORGAZ
OFICINA LIQUIDADORA DE PUENTE DEL ARZOBISPO
OFICINA LIQUIDADORA DE QUINTANAR DE LA ORDEN
OFICINA LIQUIDADORA DE TALAVERA DE LA REINA
OFICINA LIQUIDADORA DE TORRIJOS

 

  • Impuesto
  • Fecha de notificación de resolución

 

(D) Bienes objeto de valoración

Se deben recoger los bienes que van a ser objeto del procedimiento de tasación.

  • Identificación del bien. En la casilla de identificación debe incluirse:
    • la referencia catastral en el caso de bienes inmuebles,
    • la matrícula o número de bastidor de los vehículos,
    • la entidad depositaria en el caso de acciones, valores o participaciones,
    • y en el caso de otros bienes, cualquier otro dato que permita el reconocimiento del bien.
  • Ubicación. En esta casilla, deberá consignarse la dirección del bien cuando éste sea de naturaleza urbana, la parcela o polígono, en caso de naturaleza rústica; y en el caso de otros bienes, cualquier otro dato que permita el reconocimiento del bien.
  • Tipo de bien. Se debe seleccionar alguna de las opciones siguientes:
    • Urbano
    • Rústico
    • Vehículo
    • Depósito
    • Valores
    • Participaciones
    • Otros (no incluidos en los grupos anteriores).
  • Valor comprobado.

 

(E) Designación de perito

En este apartado se puede designar perito que formulará la correspondiente hoja de aprecio de los bienes y derechos afectados. El designado debe tener título adecuado a la naturaleza de los bienes y derechos a valorar. No obstante, la designación de perito puede esperar a que la Administración tributaria notifique la valoración, en cuyo caso se le concederá un plazo de diez días en el que podrá comunicar tal designación.

Debe incluir los datos identificativos del perito designado, señalando el domicilio en el que debe recibir las notificaciones relacionadas con este expediente.
Del mismo modo, debe indicar la Titulación que ostenta y el Colegio, Asociación o Corporación Profesional a la que pertenece.

 

(F) Documentación Anexa

La documentación complementaria a la solicitud se incorporará de forma diferente en función a si el Tipo de presentación es "Telemática con certificado digital" o "Presencial con impresión del documento".

  1. Si se ha elegido presentación "Telemática con certificado digital", el programa permite adjuntar documentos en formato pdf.

Pulsando en el botón "Adjuntar documento" se abre una ventana en la que se debe seleccionar el archivo que se desea incorporar a la solicitud.

Para encontrar el archivo en las unidades, se debe pulsar el botón "Examinar". Elegido el archivo, se debe asignar un nombre al mismo y pulsar el botón "Adjuntar documento". Con ello el archivo se unirá a la solicitud

Puede repetir esta operación con todos los archivos que se quieran incorporar a la solicitud.

En el caso de que quiera eliminar alguno de los documentos incorporados, deberá marcarlo y pulsar el botón "Eliminar documento".

  1. Si se ha elegido presentación "Presencial con impresión del documento", el programa le permite introducir una breve descripción del documento que se quiere acompañar a la solicitud.

Pulsando el botón "Añadir documento a la lista", se incorporará la descripción del documento acompañado a la solicitud. Puede repetir esta operación con todos los documentos que se quieran incorporar a la solicitud. En el caso de que quiera eliminar alguno de los documentos incorporados, deberá marcarlo y pulsar el botón "Eliminar documento".

Para poder adjuntar documentos:

Especificaciones técnicas para escanear documentos. Para llevar a cabo la digitalización de los documentos, según lo establecido en la Guía de aplicación de la Norma Técnica de Interoperabilidad de Digitalización de Documentos (NTI), se indican a continuación algunas recomendaciones a seguir en cuanto al proceso:

  • La digitalización se realizará con una resolución mínima de 200 ppp, tal como se establece en la NTI como un mínimo para garantizar que la imagen sea legible. En caso de que se juzgue necesario para la obtención de una imagen fiel y legible, esta resolución podrá ser incrementada. Se recomienda no superar el máximo de 300 ppp, salvo que el documento aconseje una resolución especial.
  • La digitalización se realizará con la mínima profundidad de color necesaria para obtener una imagen fiel y legible. Con texto bien contrastado debería bastar blanco y negro con una profundidad de color de un bit.
  • La digitalización se deberá basar en el formato PDF/A.

Asimismo, si el documento excede el tamaño máximo permitido (4 megas), usted puede dividir el fichero que adjunta en documentos de menor tamaño, para facilitar su incorporación al sistema.

 

(G) Destinatario

Es el órgano de la Administración tributaria regional al que se dirige la solicitud. El programa de ayuda recogerá de forma automática en este campo la identificación del órgano que ha dictado el acto recurrido, que coincide con el seleccionado en el apartado (C).

 

(H) Firma

Se deberá indicar el lugar de firma de la solicitud. En cuanto a la fecha del documento, se recogerá la fecha en la que se genera la solicitud en el programa de ayuda.