NUEVA UTILIDAD programa de ayuda modelo 650: Cómo anexar documentos con la autoliquidación.

Fecha de Caducidad: 
Miércoles, 31 Diciembre, 2025

 

Con objeto de facilitar la presentación telemática en el Registro electrónico tributario del modelo 650, junto con los documentos comprensivos de los hechos imponibles autoliquidados, y con el fin de evitar a los ciudadanos y ciudadanas desplazamientos a las dependencias de la Administración Tributaria para el sellado de los documentos, se ha incorporado una nueva utilidad, que permitirá a los obligados tributarios y sus representantes, anexar con el programa de ayuda del modelo 650 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, Adquisiciones “mortis causa”, documentos notariales, judiciales, privados y administrativos.

Para poder adjuntar telemáticamente los documentos, existen cuatro asistentes. Todos ellos se activarán en el paso 4 de la cumplimentación, pulsando el botón “Adjuntar documentación”, según el tipo de documento seleccionado en el paso 1.

Asímismo, al iniciar el programa de ayuda, se ha añadido una nueva opción para "Duplicar Declaración", esta utilidad permite duplicar una declaración creada con anterioridad. Se deberá indicar el código de declaración, la clave asociada a la misma y una referencia nueva, a continuación, pulsar el botón "Duplicar declaración".

Para conocer el nuevo funcionamiento, puede consultar en la ayuda en línea, disponible en el programa de ayuda del modelo 650.

 

Normativa aplicable: Resolución de 04/07/2025, de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego, por la que se modifican los anexos II y III de la Orden 98/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias y la remisión de copias electrónicas de documentos notariales, así como determinadas obligaciones de suministro de información tributaria