Ampliación de plazo de presentación por la falta de disponibilidad del Portal Tributario desde el día 24 de octubre de 2026 hasta el día 27 del mismo mes

02-11-2026

Con fecha 23 de octubre de 2026, se recibió una alerta de nivel crítico, emitida por el CCN-CERT (Centro Criptológico Nacional) a escala mundial, ante la detección de vulnerabilidades que podrían permitir la ejecución remota de códigos y comprometer la seguridad de los sistemas afectados. Ante esta situación, el CCN-CERT recomendó a todas las organizaciones actualizar de forma inmediata las aplicaciones afectadas y, hasta que la actualización pueda aplicarse y verificarse, apagar o suspender temporalmente los servicios expuestos y cuyo uso no sea indispensable. 

Siguiendo estas recomendaciones y como medida de contingencia, desde la Agencia de Transformación Digital de Castilla-La Mancha, organismo dependiente de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, se desactivó el acceso al Portal Tributario de esta Administración, lugar en el que se encuentran los servicios tributarios electrónicos que se prestan a la ciudadanía.

Esta situación ha provocado que estos servicios electrónicos no estuvieran disponibles desde el día 24 de octubre hasta el día 27 de este mes, tanto para la obtención de autoliquidaciones, como para su presentación y pago, impidiendo parcialmente a los obligados tributarios el cumplimiento de sus obligaciones por vía electrónica.

Con el fin de minimizar las molestias ocasionadas a los contribuyentes, una vez restablecido el acceso normal al Portal Tributario, la Dirección General de Tributos y Ordenación ha emitido una resolución por la que se amplía el plazo de presentación y, en su caso, pago, de aquellas autoliquidaciones cuyo vencimiento se hubiera producido durante los días hábiles afectados por la incidencia, (días 26 y 27 de octubre de 2026). La ampliación se extiende hasta el día 28 de octubre, considerándose estas autoliquidaciones presentadas en plazo a todos los efectos, sin que proceda la exigencia de recargos, intereses o sanciones derivados exclusivamente de la presentación o ingreso efectuados dentro de dicho plazo ampliado.

 

Resolución de ampliación de plazo