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Actividades que inciden sobre el medio ambiente

Objeto, Plazo, Obligados y Lugar de presentación:

Objeto:

Las actividades cuyas instalaciones emiten a la atmósfera dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno o cualquier otro compuesto oxigenado del azufre o del nitrógeno.

Plazo:

La presentación de la autoliquidación trimestral se realizará en los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre, referida al trimestre natural anterior.

La presentación de la autoliquidación final se realizará en el mes de enero de cada año natural y, en el caso de cese de la actividad, en el plazo de un mes desde la fecha en la que dicho cese se produzca.

Obligados:

Son sujetos pasivos las personas físicas y jurídicas cuyas instalaciones emitan a la atmósfera dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno o cualquier otro compuesto oxigenado del azufre o del nitrógeno.

Lugar de presentación:

La presentación se deberá realizar en el Servicio de Atención al Contribuyente de la Delegación Provincial de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital correspondiente a la provincia en cuya demarcación esté situada la instalación a la que se refiere la autoliquidación.

Listado de direcciones y teléfonos.

Modelos y Cumplimentación:

Modelos:

Modelo 701: Autoliquidación trimestral sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Pinche aquí para ver un Borrador del Modelo 701 (no válido para su presentación oficial).

Modelo 702: Autoliquidación final sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Pinche aquí para ver un Borrador del Modelo 702 (no válido para su presentación oficial).

Los sujetos pasivos deben practicar autoliquidación e ingresar la deuda tributaria resultante utilizando el modelo correspondiente.

Cumplimentación:

Los modelos de autoliquidación 701 y 702 se deberán cumplimentar, con carácter obligatorio, mediante la utilización de los programas informáticos de ayuda al contribuyente para confeccionar autoliquidaciones (programas CLM) desarrollados y distribuidos, a estos efectos por la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de Castilla-LA Mancha.

Se cumplimentará y presentará un impreso independiente para cada instalación en la que se realicen las actividades gravadas, según la definición dada en la normativa medioambiental.

Los programas informáticos de ayuda están disponibles en el apartado Programas de ayuda de la Oficina Electrónica de este Portal Tributario.

- Para cumplimentar un Modelo 701 pinche aquí 

- Para cumplimentar un Modelo 702 pinche aquí

Lugar donde se efectúan los ingresos:

El ingreso correspondiente a la autoliquidación deberá realizarse:

  1. En efectivo en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en las que no es preciso tener cuenta abierta. Ver la Lista de Entidades Colaboradoras en la Recaudación
  1. A través de internet, en alguna de las entidades de crédito adheridas al sistema único de pago electrónico.  Ver la Lista de Entidades Colaboradoras en la Recaudación adheridas al pago electrónico
  1. Asimismo, puede efectuar el pago a través de otros medios y en otros lugares, con los requisitos y condiciones establecidos para cada uno de ellos. Puede consultar la dirección https://portaltributario.jccm.es/realizacion-de-pagos para obtener más información sobre éstos.

 

Modo de presentación:

La presentación de las autoliquidaciones podrá ser realizada de las siguientes formas:

  1. Presentación telemática: Realizado el pago electrónico a través de internet, o sin haberse realizado este por no haber resultado cantidad a ingresar, la autoliquidación se presentará en el Registro Electrónico Tributario.
  2. Presentación de modo presencial: Una vez realizado el ingreso en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en las que no es preciso tener cuenta abierta, o bien a través de otros medios, con los requisitos y condiciones establecidos para cada uno de ellos, puede consultar en el siguiente enlace: https://portaltributario.jccm.es/realizacion-de-pagos, se presentará en el Servicio de Atención al Contribuyente de la Delegación Provincial de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital en cuya demarcación esté situada la instalación a la que se refiere la autoliquidación, el ejemplar para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

 

Normativa:

Ley 16/2005, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente y del tipo autonómico del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de determinados Hidrocarburos. (DOCM n.º 264 de 31 de diciembre).  Órdenes de desarrollo de la Consejería de Hacienda, por las que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto. Puede consultar estas normas, en el apartado Normativa.


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