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Tasa fiscal sobre el bingo

Objeto, Plazo, Obligados y Lugar de presentación:

Objeto:

La autorización, celebración u organización del juego de bingo.

Plazo:

En el juego del bingo tradicional, bingo americano y bingo plus, el ingreso se efectuará con carácter previo a la adquisición de los cartones.

En el juego del bingo electrónico, la autoliquidación e ingreso se deben efectuar entre los días 1 y 20 de los meses de abril, julio, octubre y enero.

Obligados:

Las personas o entidades a quienes se haya otorgado la correspondiente autorización administrativa y en su defecto, quienes lo celebren u organicen.

Lugar de presentación:

En el Registro Electrónico Tributario de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

 

Modelos y Cumplimentación:

Modelos:

Modelo 043: Autoliquidación de la Tasa fiscal sobre el Juego del Bingo. Pinche aquí para obtener un Borrador del modelo 043 (no válido para su presentación oficial).

Los sujetos pasivos deben practicar autoliquidación e ingresar la deuda tributaria resultante utilizando el modelo correspondiente.

Cumplimentación:

El modelo de autoliquidación 043 se deberá cumplimentar, con carácter obligatorio, mediante la utilización de los programas informáticos de ayuda al contribuyente para confeccionar autoliquidaciones (programas CLM) desarrollados y distribuidos, a estos efectos por la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital de Castilla-La Mancha.

Los programas informáticos de ayuda están disponibles en el apartado  Programas de Ayuda de la Oficina electronica de este Portal Tributario.

- Para cumplimentar un modelo 043 pinche aquí.

Se utilizará un modelo por cada una de las modalidades de bingo autorizadas en cada establecimiento y por trimestre.

 

Lugar donde se efectúan los ingresos:

El ingreso correspondiente a la autoliquidación deberá realizarse:

  1. En efectivo en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudación con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en las que no es preciso tener cuenta abierta. Ver la Lista de Entidades Colaboradoras en la Recaudación
  1. A través de internet, en alguna de las entidades de crédito adheridas al sistema único de pago electrónico.  Ver la Lista de Entidades Colaboradoras en la Recaudación adheridas al pago electrónico
  1. Asimismo, puede efectuar el pago a través de otros medios y en otros lugares, con los requisitos y condiciones establecidos para cada uno de ellos. Puede consultar la dirección https://portaltributario.jccm.es/realizacion-de-pagos para obtener más información sobre éstos.

 

Presentación de los documentos y Normativa:

Una vez efectuado el pago de la tasa, se deberá presentar en el Registro Electrónico Tributario de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.

La normativa reguladora de la Tasa Fiscal sobre el Juego está contenida en el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero (BOE de 7 de marzo), en las Leyes de medidas tributarias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha vigentes y demás normativa tributaria de la Comunidad Autónoma que les sea de aplicación. Puede consultar estas normas, en el apartado Normativa.

 


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