El certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se emitirá de forma inmediata a través de la plataforma de pago y presentación si se dan las siguientes condiciones:
- En el caso de que el certificado se refiera a una persona física, la persona solicitante (persona a la que se refiere el certificado) debe ser la que efectúe la presentación de la solicitud. Es decir, no se debe recoger ningún dato en las casillas de representación. Recuerde que el solicitante debe disponer de certificado digital, sistema Cl@ve o PIN 24H.
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En el caso de que el certificado se refiera a una persona jurídica, la solicitud debe efectuarse con certificado digital de la persona jurídica solicitante o certificado digital de representación de la persona jurídica solicitante, requiriendo en este último caso los datos del representante actuante coincidan con los recogidos en el certificado digital.
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Debe marcarse en la solicitud alguno de los tipos de certificado señalados en la opción A) recogida en el apartado DATOS DEL CERTIFICADO (D) de la solicitud. NO debe marcarse la petición relativa a que el certificado se refiera a una fecha pasada.
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La solicitud debe ser presentada telemáticamente y abonada la tasa mediante pago electrónico a través de la plataforma de pago de esta Administración. Para ello, una vez completada la solicitud, se debe pulsar el botón “Pagar/Presentar” y seguir los pasos indicados en la misma.
Una vez efectuada la presentación y realizado el pago, el programa mostrará tanto la justificación del pago de la tasa y presentación de la solicitud como el certificado que se ha emitido como consecuencia de ésta.
Si por cualquier circunstancia no hubiera podido obtener el certificado en el momento de la presentación y el pago, este documento estará disponible accediendo al Registro Electrónico Tributario.