Procedimientos Especiales de Revisión

Se trata de una pluralidad de procedimientos revisores mediante los que la Administración puede volver sobre sus propios actos, corrigiendo sus defectos o anulándolos, pero por iniciativa propia, sin tener que esperar a su impugnación por los interesados. En algunos casos, no obstante, también los particulares pueden instar estos cauces de revisión.

Cuando se trate de personas y entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, la presentación del recurso se llevará a cabo a través del registro electrónico de esta Administración, ubicado en su sede electrónica (www.jccm.es), o de los registros electrónicos de cualquiera de los sujetos que integran el sector público (Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional.

Estos procedimientos presentan como características comunes a todos ellos, además de la anterior, el que hecho de que pueden recaer sobre actos firmes y que gozan de amplios plazos para poder iniciarse, normalmente el de prescripción. 

Declaración de Nulidad de Pleno Derecho

Rectificación de errores

Procedimiento de devolución de ingresos indebidos

Normativa